¿Qué es un acuerdo prenupcial y para qué sirve?
El acuerdo prenupcial, también llamado acuerdo prematrimonial, es un acuerdo legal mediante el cual los futuros cónyuges pactan, antes de contraer matrimonio, las condiciones que regirán sus relaciones económicas y patrimoniales durante el matrimonio y en caso de separación, divorcio o fallecimiento. Este tipo de acuerdo tiene como finalidad prever con antelación el reparto de bienes, derechos y posibles obligaciones, evitando así conflictos posteriores.
¿Qué es un acuerdo prematrimonial?
En el ordenamiento jurídico español, un acuerdo prenupcial consiste en un pacto lícito entre las partes, otorgado en escritura pública, que permite regular determinados aspectos personales y patrimoniales del matrimonio.
Su principal función reside en fijar el régimen económico matrimonial (gananciales, separación de bienes o participación), así como en establecer disposiciones que regulen la administración de bienes, la liquidación del patrimonio común en caso de crisis matrimonial o incluso cuestiones relativas a herencias o compensaciones económicas.
Regulación en España
El acuerdo prematrimonial no está recogida como tal en una norma específica, pero sí encuentra encaje en el artículo 1325 y siguientes del Código Civil, bajo la denominación de capitulaciones matrimoniales. Dichas capitulaciones son el cauce jurídico a través del cual los futuros esposos pueden establecer el régimen económico de su matrimonio y pactar otras cláusulas, siempre que no sean contrarias a las leyes, a la moral ni al orden público.
Cabe destacar que las comunidades autónomas con derecho civil propio pueden establecer particularidades adicionales en la regulación de estos pactos, como ocurre en Cataluña, Navarra o Aragón.
Contenido de los acuerdos prematrimoniales
Un acuerdo prenupcial en España puede incluir disposiciones sobre:
- Reglas sobre la gestión de bienes privativos y comunes.
- Distribución de bienes en caso de disolución del matrimonio.
- Disposición anticipada de alimentos, compensaciones económicas o pensiones en caso de ruptura.
- Pactos relativos a herencias, donaciones o usufructos, siempre que no vulneren la legítima.
No obstante, no se pueden incluir cláusulas que limiten los derechos fundamentales, ni acuerdos sobre la guarda y custodia de hijos no nacidos o sobre su régimen de visitas, por ser materias indisponibles conforme al principio del interés superior del menor.
¿Dónde inscribir las capitulaciones matrimoniales?
Para que un acuerdo prenupcial tenga validez frente a terceros, debe otorgarse en escritura pública ante notario. Además, si se pacta un régimen económico distinto al legal supletorio vigente (como separación de bienes en lugar de gananciales), es necesario inscribir las capitulaciones matrimoniales en el Registro Civil correspondiente al lugar de inscripción del matrimonio.
La inscripción confiere publicidad al acuerdo, permitiendo que terceros puedan conocer el régimen económico del matrimonio, especialmente en el ámbito patrimonial y contractual.
¿Se puede hacer un acuerdo prenupcial después del matrimonio?
Sí. Aunque estos acuerdos suelen suscribirse antes de contraer matrimonio, la legislación permite otorgar capitulaciones matrimoniales en cualquier momento durante el matrimonio, con los mismos requisitos de forma (escritura pública) y efectos (inscripción en el Registro Civil). El contenido puede modificarse de común acuerdo, siempre que se respeten los límites legales.